Derecho de la Familia

Qué es el derecho de la familia?

Artículo. 67.- Se reconoce a la familia en sus diversos tipos. El Estado la protegerá como núcleo fundamental de la sociedad y garantizará condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines. Estas se constituirán por vínculos jurídicos o de hecho y se basarán en la igualdad de derechos y oportunidad de sus integrantes. El matrimonio es la unión entre hombre y mujer, se fundará en el libre consentimiento de las personas contrayentes y en la igualdad de sus derechos, obligaciones y capacidad legal.

Servicios en el área Derecho de la Familia

Juicios de Alimentos
Régimen económico del matrimonio
Juicio de Patria Potestad
Nulidad del matrimonio
Separación y divorcio
Declaración y cese de la unión de hecho
Paternidad y Filiación
Oposición en los casos de reconocimiento de preñez o de parto
Oposición a la constitución del patrimonio familiar
Insubsistencia del matrimonio
Adopción
Tutela
Diligencias de asistencia judicial para litigar en asuntos de familia
Etc…

Funciones de la Familia

Satisfacer las necesidades culturales, biológicas y psicológicas de los hijos
Procurar el bienestar de sus miembros desde los padres hasta los hijos
Formar ciudadanos útiles a la sociedad.
Conservar sus tradiciones, honor y buen nombre.
Servir como mediadora entre otras estructuras sociales como organizaciones privadas u ONGs
Incorporar a las nuevas generaciones en la cultura, en los valores y en las normas de la sociedad.
Sin embargo, dos son las funciones que se constituyen en características esenciales de la familia, que son propiamente suyas, referentes a su delicadeza, intimidad o responsabilidad humana; éstas son:
– Educación de los hijos
Es fundamental que se instruya al menor tanto en educación cognitiva como en educación emocional.
– Constituir el lugar de la privacidad humana (se refiere a tornarse en aquel lugar donde las personas que conforman el núcleo familiar pueden gozar de intimidad y de una cierta autonomía.)